jueves, 14 de septiembre de 2017

El Ministerio de Hacienda ajusta los presupuestos municipales de Aranjuez

La Secretaría General de Financiación Local y Autonómica condicionó la aprobación del Presupuesto de 2017 al cumplimiento de 17 condiciones exigentes en materia de gastos e ingresos que limitarán este ejercicio y los próximos. Se unen a otras 59 más aplicables a la Hacienda Local y contenidas en las disposiciones estatales contra la morosidad municipal. La comunicación está firmada por la Secretaria General, Belén Navarro Heras, que supervisa de esta forma el proyecto presupuestario 2017. El documento no puede encontrarse en la web municipal del Ayuntamiento de Aranjuez al igual que sucede con las informaciones del Plan de Ajuste Municipal y al reciente acuerdo tripartito para la adhesión municipal.

Es relevante la insistencia del organismos estatal en emplear la denominación de Plan de Ajuste en vez de los eufemismos acostumbrados de los grupos políticos coligados al gobierno local. Pero las líneas ministeriales reiteran el conjunto de recortes presupuestarios e incrementos de ingresos necesarios  para hacer frente a la deuda municipal, estimada en 198 millones de euros para 2018. Es decir: ajuste e intervención que limita la autonomía local y nada nuevo que no hayan sufrido otros municipios en la misma situación. Otros entes públicos locales como: Aranjuez Desarrollo y Empleo, Aranjuez Paisaje Natural y la Sociedad Local de Suelo y Vivienda tendrán que someterse a los dictados de esta intervención ministerial que exige, también, la justificación administrativa de la disolución de las sociedades mercantiles de capital público de Aranjuez con urgencia.


Con un período medio de morosidad de  426 días y periodo medio de pago pendiente de 699 días, los gastos municipales estarán subordinados al pago de la deuda viva y de proveedores si cualquier desequilibrio económico pusiera sobre la mesa esta elección terrible para la plantilla laboral. En materia impositiva, el documento aunque aplicable a las cuentas de 2017, elaboradas con 10 meses de retraso sobre las fechas habituales,  avanza el marco economico para las del próximo año y siguientes. Viene a decir que alto a las inflaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI); de Impuesto sobre Vehículos (IVTM) e Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que deberán referirse a censos reales y siempre bajo el criterio de Caja y no a las expectativas de cobro. 

Aunque lo más relevante es la aplicación de las medidas generales de ajuste en un plan que ajusta y no dinamiza. Durante 4 años, las tasas y precios públicos no referidos a los servicios esenciales deberán recaudar su coste real en una escalada que los llevará  a incrementos anuales del 25 por ciento hasta el 100 % de su coste, consolidando esta cantidad sin posibilidad de disminución alguna durante los 20 años de duración del plan. 

Del mismo modo, el Ministerio exige la participación autonómica real de aquellos servicios que se  sostienen mediante conciertos o convenios de colaboración, aunque deja abierta la puerta de la duda. Finalmente, entre otras afirmaciones pone el dedo en la llaga de las bonificaciones e incrementos impositivos y dice: “Solo se podrán aprobar medidas que determinen un incremento del importe global de cada tributo y solo se admitirán las  bonificaciones fiscales establecidas por las leyes estatales”. No se puede ser más claro para nuestra mala suerte.

Después de la lectura, me queda claro que Aranjuez es un Ayuntamiento intervenido. Fuertemente intervenido pese a las opiniones alternantes, unas veces afirmándolo, otras negándolo, según se fuese oposición o gobierno. Tras esta notificación, que debe formar parte de la documentación presupuestaria, y a la que debería suponerse la suficiente importancia como para ser pública, no hay duda posible. Una intervención pura que desmonta todos nuestros estereotipos sobre la llegada de los hombres de gris. Están ya con todos nosotros. 

Veamos: el Ministerio establece las cuentas presupuestarias, avisa de las consecuencias, advierte de medidas que, en caso de incumplimiento, pueden ser discreccionales y constituirse en extraordinarias y permanentes. Establece dos alertas: la revisión telemática del Presupuesto y un sistema de informe trimestrales del Ayuntamiento para facilitar su control. Puede llamarse como se quiera. Ferdinand Saussure todo lo soporta, pero para mí y solo para mí, si lo llaman Plan de Ajuste, lo enuncian como Plan de Ajuste y contabilizan como un Plan de Ajuste, igual es un Plan de Ajuste. Aunque sí: podemos disentir en sus consecuencias futuras sobre el vecindario. Buena suerte.

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